- Rinde protesta Lucina Morales Díaz como oficial mediador-conciliador
Toluca, Estado de México.- Con fundamento en el artículo 69 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, los integrantes del Cabildo de Toluca aprobaron la integración de la Comisión Transitoria de Asuntos Electorales para la Renovación de Autoridades Auxiliares y Consejos de Participación Ciudadana.
Durante la quinta sesión ordinaria, el alcalde Juan Rodolfo Sánchez Gómez, detalló que la Comisión será presidida por la primera síndico, Alma América Rivera Tavizón; como secretario el décimo primer regidor, Geciel Mendoza Flores; secretario técnico Walter León Valverde Rubizewski, director general de Gobierno, y como vocales: el décimo cuarto regidor, Eladio Hernández Álvarez; la tercera regidora, Concepción Heidi García Alcántara; la novena regidora, Marite del Río Domínguez; la quinta regidora, Araceli Martínez Gómez, y la décimo segunda regidora, Nelly Dávila Chagolla.
En otro punto del orden del día, y con fundamento en el artículo 148 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el primer edil tomó protesta a la licenciada Lucina Morales Díaz como oficial mediador-conciliador, quien está certificada por el Centro de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado de México.
Asimismo, se aprobó el punto de acuerdo presentado por el alcalde para la integración del Comité de Bienes Muebles e Inmuebles de la Administración 2019-2021 el cual, dijo: “es el foro donde las entidades fiscalizables podrán realizar análisis y adopción de criterios, medidas eficaces y oportunas para mantener los controles necesarios en los inventarios y su congruencia con los registros contables”.
Esto, con el fin de que la administración municipal tenga la certeza de que los bienes muebles registrados en los estados financieros sean los que se encuentran físicamente en posesión.
También se aprobó la publicación de la convocatoria para la Sesión de Cabildo Abierto a celebrarse el jueves 28 de febrero de 2019, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 párrafos cuarto y sexto de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.