Las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia avalaron, por unanimidad, reformas a la Constitución estatal, al Código Penal y a las leyes de Indulto y Conmutación de Penas y Orgánica del Poder Judicial, todas del Estado de México con el propósito de incorporar las actualizaciones con criterios de constitucionalidad vigentes.En la reunión presidida por el diputado Raymundo Martínez Carbajal (PRI), el legislador Jorge Omar Velázquez Ruíz (PRI) dijo que la iniciativa del titular del Ejecutivo estatal es congruente con la normativa establecida en la Constitución nacional y que las adecuaciones son consecuentes con lo expresado en este sentido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La diputada Juana Bonilla Jaime (PRD) anunció el voto favorable de su grupo parlamentario, porque las reformas permiten la homologación de las leyes con los criterios de la SCJN, en tanto el legislador Alberto Díaz Trujillo (PAN) dijo que su bancada se suma a esta iniciativa “para evitar casos de inconstitucionalidad derivados de invadir atribuciones propias del Congreso de la Unión” y tener concordantes con la Constitución del país.
Del Grupo Parlamentario de Morena, Abel Valle Castillo se refirió a las reformas como necesarias para dar cumplimiento a las resoluciones de la SCJN, respecto a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Procuraduría General de la República.
De acuerdo con la iniciativa, cuyo dictamen presentó el diputado Roberto Sánchez Campos (PRI), se reforma el artículo 77 constitucional para eliminar la facultad del Ejecutivo de conmutar las penas privativas de la libertad, por ser propia del Poder Judicial.
Por razones de técnica legislativa, se elaboraron dos proyectos de decreto, uno para la reforma constitucional y el otro para la reforma legal, ambos avalados por unanimidad.
Respecto de la Ley de Indulto y Conmutación de Penas, plantea posibilitar que las mujeres que tengan uno o más hijos y/o hijas menores de diez años y que se les haya impuesto una pena privativa de libertad que no exceda de 15 años y hayan cumplido una quinta parte, accedan al beneficio del indulto que otorga la citada ley, en tanto la reforma al Código Penal tiene por objetivo eliminar los tipos penales y sanciones relacionados con el delito del secuestro, por ser competencia del Congreso de la Unión y la Ley General en la materia.
Además, propone la derogación de los numerales 106 Quintus del Código Penal del Estado de México y 192 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, en acatamiento a lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de evitar la invasión de la facultad constitucional del Congreso General para expedir la legislación única en materia procedimental penal