- Remuneraciones establecidas por especialistas; limitar adecuaciones presupuestarias internas, contrataciones externas y viáticos, y establecer incentivos y sanciones, constituyen la propuesta del diputado perredista Javier Salinas para hacer efectiva la austeridad en el servicio público.
Designar un Comité Especializado que se encargue de establecer todas las remuneraciones, limitar adecuaciones presupuestarias internas, contrataciones externas y viáticos, y establecer incentivos y sanciones para garantizar una verdadera austeridad en el servicio público, propuso el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Javier Salinas.
El legislador presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en materia de Austeridad (LFPYRH) que plantea limitar las Adecuaciones Presupuestarias Internas a no más de 15 por ciento de los presupuestos modificados correspondientes para que no se oculten en ellas recursos que escapen al control de la Cámara de Diputados o se empleen con fines distintos a los autorizados.
Además promueve un nuevo mecanismo para determinar los salarios a través de un Comité de Recursos Humanos y Remuneraciones de los servidores públicos de confianza, mandos medios y superiores de la administración pública federal, integrado por cinco consejeros profesionales independientes.
Éste comité especializado reorganizará y optimizará las estructuras orgánicas y ocupacionales en todos los niveles y categorías tabulares de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, empresas productivas del estado, organismos constitucionales autónomos y demás poderes.
Para tal efecto, se establece un catálogo de políticas en materia de remuneraciones de los servidores públicos de mandos medios y superiores que prohíbe la aprobación, reajuste y/o incremento de remuneraciones, escalas remunerativas, bonificaciones, asignaciones y beneficios de toda índole, cualquiera que sea su modalidad o fuente de financiamiento.
También prohíbe bonos o percepciones extraordinarias; la contratación de seguros de gastos médicos mayores o privados; y pensiones distintas a las establecidas en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.
De igual manera impide crear nuevas plazas para mandos medios, superiores y de niveles homólogos; y establece que sólo los titulares de los tres Poderes y quienes encabezan las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo, los presidentes municipales y los titulares de los organismos autónomos podrán contratar secretarios particulares, secretarios privados, secretarios técnicos, coordinadores de asesores, asesores o equivalentes, y choferes.
En tercer lugar, la iniciativa limita los Gastos en Servicios Profesionales, pues a través de este esquema se eluden las restricciones para contratar nuevo personal de mandos medios y superiores, se burlan topes salariales, se privilegian amiguismos y compadrazgos, y no necesariamente se obtienen resultados.
La contratación de servicios de consultoría y asesoría, según la propuesta, no podrá rebasar 0.3 por ciento del presupuesto autorizado a cada dependencia para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de la difusión en materia de programas de protección civil, salud y seguridad pública.
Los gastos en servicios profesionales, científicos, técnicos, de asesoría y otros equivalentes, no podrán rebasar el 0.1 por ciento del presupuesto total del sujeto obligado, con excepción de las instituciones educativas, de salud e investigación científica.
Los gastos en publicidad y comunicación por concepto de tiempos en radio y televisión, pautas en Internet y redes sociales, espacios en prensa escrita y cualquier otra erogación equivalente no deben rebasar 0.3 por ciento del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de las materias de protección civil, salud y seguridad pública.
En cuarto lugar, se promueve restringir los gastos de alimentación, viáticos y pasajes, al prohibir los dos primeros a mandos medios y superiores.
Las comisiones oficiales al extranjero no deben superar los 10 días naturales, ni los 7 en el país (no podrán exceder los 40 días acumulados al año), tendrán cuotas máximas para hospedaje y alimentación, la prohibición para contratar hoteles de lujo o gran turismo y para adquirir boletos de avión en primera clase o similares, salvo situaciones de urgencia y de falta de tiempo para reserva, con la debida justificación.
Las comisiones tendrán como finalidad exclusiva cumplir objetivos institucionales; serán autorizadas únicamente por los titulares; los gastos deben ser comprobados (en territorio nacional con los documentos fiscales adecuados) y debe rendirse informe.
Por dependencia, el gasto público relacionado con viáticos y pasajes de servidores públicos no podrá rebasar el 0.3 por ciento del presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente, con excepción de los gastos en materia de difusión de programas de protección civil, salud y seguridad pública.
Finalmente, la iniciativa contempla Sanciones (reducción en 5 por ciento de los presupuestos a las dependencias y entidades infractoras) para inhibir las conductas institucionalizadas, y establece Incentivos (aumentos de 5 por ciento en sus presupuestos) para premiar las conductas positivas; en ambos casos, serán efectivos para el ejercicio fiscal inmediato posterior.