- Por la vulneración de los derechos a la integridad personal y a la seguridad de las personas privadas de su libertad en el CPRS de Tenango del Valle, el organismo defensor emite la Recomendación 1/2020.
- *Derivado de los hechos ocurridos el 18 de noviembre de 2019, en los que falleció una PPL y varias resultaron lesionadas.
Toluca, Estado de México.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió la Recomendación 1/2020 dirigida a la Secretaría de Seguridad del Estado de México, a la Subsecretaría de Control Penitenciario y a la Dirección General de Prevención y Reinserción Social, por la vulneración de los derechos a la integridad personal y a la seguridad de las personas privadas de su libertad (PPL) en el Centro de Prevención y Reinserción Social de Tenango del Valle, derivada de los hechos ocurridos el 18 de noviembre de 2019, en los que una PPL falleció y siete personas más resultaron lesionadas.
Como medidas de satisfacción, la máxima autoridad de la Secretaría, deberá remitir copia certificada de la Recomendación al Órgano Interno de Control para su incorporación al expediente administrativo relacionado con el caso. Además, deberá integrar la Recomendación a los expedientes laborales de quien o quienes resulten responsables, para que obre constancia de las violaciones a los derechos humanos en las que participaron.
La investigación de la Codhem se llevó a cabo con base en el expediente CODHEM/SP/959/2019 y su acumulado CODHEM/SP/963/2019; el primero, iniciado de oficio a partir de la nota periodística publicada en un medio informativo digital, que dio cuenta de la muerte de un recluso y de varios lesionados en el penal de Tenango del Valle, quienes presuntamente, el 18 de noviembre de 2019, participaron en un enfrentamiento al interior del módulo conocido como El Nevado; y, el segundo, derivado la queja formal presentada por la esposa de la PPL fallecida durante los hechos acaecidos en dicho centro penitenciario.
En el análisis de sus investigaciones, el Organismo Defensor pondera que las PPL, debido a la evidente restricción que enfrentan, se encuentran en condición de especial vulnerabilidad pues el ejercicio de sus derechos humanos depende de las garantías que el Estado otorgue para su respeto y protección; así, en tanto la persona recluida se encuentra bajo la tutela de la autoridad penitenciaria, es indispensable que el Estado proteja su integridad al interior de los centros carcelarios, garantizando una estancia penitenciaria segura, lo cual es responsabilidad de los encargados de los mismos; de igual forma, los mecanismos establecidos para salvaguardar el orden y la disciplina al interior de los centros, no deben vulnerar la dignidad de las PPL ni menoscabar su integridad corporal.
Entre los puntos recomendatorios, como medida de rehabilitación, la Secretaría debe otorgar la atención psicológica o tanatológica que corresponda a los deudos de la PPL fallecida, para lo cual, habrá de inscribirlas en el Registro Estatal de Víctimas, dependiente de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México.
Como medida de no repetición, la Codhem recomienda instruir al personal penitenciario del CPRS Tenango del Valle un trato humano, respetuoso de la dignidad y los derechos humanos de las PPL, absteniéndose de infligir tratos crueles o inhumanos, castigos corporales o agresiones físicas que atenten contra la integridad corporal y pongan en peligro la vida de los reclusos.
Asimismo, las autoridades a quienes se dirige la Recomendación 1/2020 deben elaborar e implementar un programa permanente de selección, reclutamiento, capacitación y actualización con perspectiva de derechos humanos, para el personal de seguridad y custodia, con el objeto de evitar violaciones como las que dieron origen a esta Recomendación; e instrumentar cursos de capacitación y actualización en materia de derechos humanos y del marco jurídico que rige la actuación de las y los servidores públicos adscritos al Centro Penitenciario y de Reinserción Social Tenango del Valle.