Impulsa Morena eliminar “fuero” a funcionarios del Edoméx

  • Afirma Azucena Cisneros Coss, diputada de Morena que aplicación de leyes debe ser pareja, terminar con la inmunidad, desde el Gobernador hasta diputados, magistrados y demás.

Toluca, Méx., 21 de febrero de 2019.- Luego de que la fracción de Morena en la LX Legislatura presentó la iniciativa con proyecto de decreto para reformar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de México, y con ello eliminar el “fuero”, la diputada, Azucena Cisneros Coss, afirmó que de lo que se trata es de que haya piso parejo en la aplicación de las leyes y esta iniciativa, lo que está tratando de establecer es que no exista la inmunidad.

Expresó que “ha sido un abuso de poder, la inmunidad y el “fuero” para pretensiones que no siempre tienen que ver con las funciones específicas de los funcionarios”. por ello “el mecanismo para la eliminación del “fuero” sería iniciar un procedimiento y hasta que haya una sentencia en primera instancia se notifica al Congreso o se notifica a la instancia en función y es suficiente para que se actúe y se ejerza acción penal en contra de un diputado o el gobernador. Que sea parejo para todos desde el gobernador hasta diputados, magistrados y demás”.

La legisladora aseguró que es una demanda urgente y debería ser una prioridad para la Cámara Local. “Los grupos parlamentarios y la Junta de Coordinación Política deberían entender que estos temas son prioritarios, y se deben dictaminar urgentemente ya pedí que sea una prioridad, no se puede seguir postergando”.

En entrevista, realizada al finalizar la reunión de trabajo de las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, indicó que el grupo parlamentario del PRI argumenta que es un asunto que debe esperarse al tema federal, por lo que reviró “en el estado de México no podemos seguir esperando el combate a la impunidad, la corrupción y el abuso de poder de los servidores públicos, si justifican que el Congreso Federal no lo ha aprobado, hay que decir que diversos estados de la República ya aprobaron quitar el fuero: Oaxaca, Guanajuato, Jalisco, la propia Ciudad de México entre otros”.

Recordó que la iniciativa propone que los servidores públicos que ahora están “aforados” puedan ser sujetos de procedimiento penal en libertad. Cuando el juez dicte sentencia condenatoria, ese mismo juez notificará a la Cámara de Diputados del Congreso que el servidor público ha perdido su inmunidad y el cargo que desempeñó.

Reiteró que esta iniciativa para eliminar el llamado “fuero constitucional” que presentó el grupo parlamentario de Morena, es un clamor ciudadano, es una deuda histórica con los ciudadanos del Estado de México, para que los servidores públicos puedan ser procesados como cualquier ciudadano, cuando falten a sus responsabilidades del cargo.

Lo que se propone es: “En cuanto haya una carpeta de investigación esperas a que exista una sentencia en primera instancia y solo entonces es ejecutoria para poder proceder al fuero y esto es algo muy importante que hay que señalar, se quita inmunidad solamente notificas es decir que no hay otro filtro, ni tampoco hay otro tipo de recurso al que puedan acudir”.

Cisneros Coss señaló que en dicha iniciativa se preserva el principio del “fuero” que era que no puedes ser enjuiciado ni tampoco sentenciado por tus pensamientos, ni por posiciones políticas, ningún diputado, ni gobernador, ni funcionario”.

La diputada de Morena, aseveró que trabajará para que este proyecto de decreto salga en este segundo periodo legislativo, por lo que en breve presentará al grupo parlamentario la agenda legislativa que tiene como principio básico y fundamental los temas neurálgicos que combatan la impunidad y la corrupción en el estado de México.

El proyecto de decreto consiste en reformar los artículos 30 fracción I, 42, 61 fracción XXXIX, 131, 132 y 136 de la Constitución Política del Estado de México, y de esta manera el artículo 30 quedaría así, “los que estén sujetos a un proceso penal por delito que merezca pena privativa de libertad, a contar desde la fecha del auto de vinculación a proceso penal hasta que cause ejecutoria la sentencia que los absuelva o se extinga la pena; salvo lo establecido en los artículos 131 y 132 de la presente Constitución”.