


El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) ordenó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) dar respuesta a la solicitud de la Asociación Civil “México en Números e Investigación Social y Política” de implementar acciones afirmativas y de inclusión a favor de las personas con la condición del espectro autista.
La resolución revoca la respuesta anteriormente emitida por la Dirección Jurídica y Consultiva del IEEM, ya que este organismo jurisdiccional consideró que dicha oficina excedió sus facultades, pues la petición de la Asociación antes mencionada no se limitaba a una consulta técnica o asesoría legal y al tratarse de implementar acciones afirmativas y de inclusión a favor de las personas con la condición del espectro autista, para que tengan acceso y ejercicio igualitario de sus derechos político-electorales, esta facultad, de acuerdo con la legislación vigente, corresponde únicamente al Consejo General del IEEM. (JDCL/4/2026)
En un asunto distinto, el Pleno del TEEM resolvió que la Tesorera del municipio de Chapa de Mota incurrió en una omisión y negativa de proporcionar información al Síndico Municipal de dicha demarcación, y de acuerdo con la Ley Orgánica Municipal, el Síndico tiene derecho de acceder a los datos solicitados al ser integrante del Ayuntamiento; las magistraturas ordenaron a la funcionaria municipal entregarle lo solicitado. (JDLC/60/2026)
En la Sesión Pública de este día se resolvieron 19 juicios de la ciudadanía local, 3 procedimientos especiales sancionadores y 1 recurso de apelación.
