Poder Judicial publica lineamientos para la mediación privada en el EDOMEX

  • Los centros y mediadores deberán fomentar y difundir la cultura de la solución pacífica de conflictos.

Para impulsar la resolución de conflictos a través de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias MASC y establecer las reglas para la mediación privada en el Estado de México, el Consejo de la Judicatura de la entidad expidió los Lineamientos de operación de la Mediación Privada.

El acuerdo establece que los centros y mediadores privados tienen la obligación de cumplir con los principios rectores de la mediación, conciliación y justicia restaurativa, así como fomentar y difundir la cultura de la solución pacífica de conflictos, mediante los MASC.

Por otra parte, el Centro Estatal de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa del Poder Judicial vigilará el cumplimiento de dicha normatividad, del reglamento y los lineamientos establecidos en el Acuerdo 55/2021 emitido por el Consejo de la Judicatura.

Para obtener autorización y el registro correspondiente, los centros privados tendrán que contar con un Manual de Organización interna, que incluya objetivos, actividades y procedimientos. Presentar una solicitud por escrito dirigida al director general del Centro Estatal, donde establezcan los motivos para obtener el permiso, entre otros.

En este sentido, el centro estatal del Poder Judicial realizará la inspección a las instalaciones donde se pretende ubicar el Centro Privado. Además, corroborará los datos proporcionados y las condiciones del lugar, con el objetivo de determinar si es adecuado para la prestación de los servicios.

Los centros deberán contar con personal suficiente, incluyendo un responsable, para coordinar a los mediadores adscritos, atender y resolver quejas, sugerencias o inconformidades de los usuarios que lleven a cabo procesos de mediación en esos lugares.

Asimismo, el acuerdo describe que el procedimiento de mediación iniciará cuando una de las personas interesadas solicite una sesión al Centro Privado, donde se llevará un registro en cualquier medio electrónico, con la finalidad de que los mediados puedan revisar este material.

El mediador deberá abstenerse de divulgar y utilizar la información que obtenga en el ejercicio de su función, cumpliendo con el principio de confidencialidad y secreto profesional.

El PJEdomex se ha destacado en la preparación y certificación de mediadores escolares, municipales, comunitarios y privados, así como mediadores pares de centros penitenciarios, con la firme convicción de que a través del diálogo, se resuelven conflictos.

Estos lineamientos pueden ser consultados en la circular 55/2021, publicado en el sitio web del PJEdomex, así como en el Boletín Judicial y el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno del Estado de México”.

http://gestion.pjedomex.gob.mx/gestion2/WebAvisos/387-CIRCULAR55.pdf