- Advierte que para acceder a todos los derechos y obligaciones que la figura representa, incluido el de la adopción, necesariamente debe denominarse “matrimonio”; de otra manera, será discriminatoria.
En su calidad de ciudadano mexiquense, Javier Salinas Narváez presentó ante la LX Legislatura local una iniciativa al Código Civil del Estado de México para que el reconocimiento jurídico de las uniones entre personas del mismo sexo necesariamente se denomine “matrimonio”, con la finalidad de que puedan ser sujetos plenos de los derechos y obligaciones que implica, incluidos los de la adopción.
El ocoyoaquense, quien como diputado local de la LIX Legislatura promovió una iniciativa en el mismo sentido, saludó la posibilidad de que finalmente se asuma la discusión, el dictamen y la votación de la propuesta de matrimonios igualitarios.
Como habitante del Estado de México, planteó su interés en abonar, respetuosamente, al debate, en aras de contribuir al enriquecimiento de las iniciativas que en la materia ya han sido turnadas en las comisiones, y de que con el resultado se garantice el respeto pleno y en igualdad de circunstancias a los derechos de todos los ciudadanos mexiquenses.
En este entendido, indicó que su iniciativa de reforma al Código Civil de la entidad, ingresada el 29 de julio pasado a la Legislatura local, plantea que en lo sucesivo se denomine matrimonio a “la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe realizarse ante el juez del Registro Civil y con la formalidad de la Ley”.
También contempla que el concubinato sea entendido “como la relación de hecho que tiene una pareja de cualquier sexo, que sin estar casados y sin impedimento legal viven juntos por un periodo mínimo de un año”.
En la actualidad, todas las disposiciones relacionadas con la adopción han sido derogadas en la entidad con el propósito de facilitar las posibilidades del menor a tener una familia. Sin embargo, los requisitos establecidos por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) incluyen el “acta de matrimonio o sentencia de concubinato”.
Por tanto, destacó, para hacer accesible este derecho a parejas diversas, es necesario que su unión civil necesariamente se denomine “matrimonio”. No hacerlo, advirtió, además implica un acto de discriminación. Con esta precisión también se garantiza que no se condicione a las parejas del mismo sexo la emisión del certificado de idoneidad por parte del DIFEM, siempre y cuando resulten viables (cumplan los demás requerimientos) para el efecto.
Cualquier reforma que excluya alguno de los puntos anteriores, alertó, “hará nugatorios los derechos a la igualdad y no discriminación tutelados por la carta magna del país, los tratados y pactos internacionales de los que México forma parte”.
Además, la Suprema Corte de Justica de la Nación ha declarado inconstitucionales las leyes de los estados que definen el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, por considerarlas discriminatorias; y determinó que las sociedades en convivencia (parejas del mismo sexo) conforman un modelo de familia reconocido por la Constitución y, por tanto, tienen el derecho a la adopción.
Salinas Narváez apeló a que su iniciativa y reflexiones sean tomadas en cuenta con la misma importancia que las demás, y convocó a las y los diputados locales a hacer del análisis y aprobación de la iniciativa un acontecimiento histórico que refrende a la LX Legislatura del Estado de México como un congreso demócrata, de avanzada y de garantía plena a los derechos humanos.