Proponen diputados del PRI y del PRD reformas para precisar el concepto y supuestos de la legítima defensa

Para precisar el concepto de legítima defensa, remplazando la palabra “presumirá” por “considera” para no dejar lugar a la interpretación, el diputado José Isidro Moreno Árcega, en nombre del Grupo Parlamentario del PRI, presentó la propuesta de reforma al Código Penal del Estado de México.De aprobarse, el artículo 15 establecería que “se considera como defensa legítima, salvo prueba en contrario, el hecho de causar daño a quien por cualquier medio trata de penetrar o haya penetrado sin derecho al hogar del agente, al de su familia, o sus dependencias o a los de cualquier persona que tenga la obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos, respecto de los que exista la misma obligación; o lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la probabilidad de una agresión”.
En la última sesión del Séptimo Periodo Ordinario, el legislador señaló que los fines de esta iniciativa, remitida a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, son nobles, toda vez que propone contribuir a la función pacificadora del derecho.
En cuanto a la iniciativa del Grupo Parlamentario del PRD, la diputada Araceli Casasola Salazar (PRD) propuso reformar el mismo artículo del Código Penal estatal para precisar supuestos en que existe la legítima defensa.
Hacer valer dicha excluyente de responsabilidad es muy complicado, debido, en parte, a la falta de criterio y capacitación de quienes conocen de estos hechos, establece la propuesta.
Remitida a las mismas comisiones, señala con precisión y técnica legislativa que se presume como legítima defensa, salvo prueba en contrario, el hecho de lesionar o privar de la vida a quien por cualquier medio trate de penetrar sin derecho al hogar de la gente o de su familia, en sus dependencias o de las de cualquier persona que ésta tenga la obligación de defender.
OTORGAR FACULTADES DE MANDATARIO JUDICIAL A LOS ABOGADOS PATRONOS
En nombre de los diputados del PRD, la diputada Juana Bonilla Jaime propuso reformas al Código de Procedimientos Civiles del Estado de México para otorgar facultades de mandatario judicial a los abogados patronos.
La legisladora señaló que uno de los principales impedimentos para el pronto acceso a la impartición de justicia es el costo de la representación y el asesoramiento jurídico, por lo que se debe contar con normas mínimas para el derecho a la representación legal y jurídica en juicios de carácter civil como eficaz medio de acceso.
De esta manera, dijo, la existencia del mandato judicial es indispensable para cualquier persona para acceder a la justicia ante los órganos jurisdiccionales al momento de ejercer una debida defensa o ejercer acciones necesarias en nombre de otra persona.
La iniciativa también se envió a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y dictamen.