En virtud de que el cumplimiento de las obligaciones de transparencia mandatadas por la ley no tiene la naturaleza de logro de gobierno, sino de la observancia de una disposición de orden público, no existe razón alguna para deshabilitar o bloquear el acceso a la información pública durante el desarrollo del proceso electoral que se vive en la entidad mexiquense, afirmaron los integrantes del Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).
La Comisionada Presidenta Josefina Román Vergara; las Comisionadas Eva Abaid Yapur y Zulema Martínez Sánchez, y los Comisionados Javier Martínez Cruz y José Guadalupe Luna Hernández coincidieron en que la publicación, en los portales de internet de las instituciones públicas mexiquenses, de la información ligada con las obligaciones señaladas los artículos 74 a 104 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios (LTAIPEMYM), no incide en la contienda electoral ni contiene mensajes destinados a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos. De esta manera, las obligaciones de transparencia no pueden interpretarse como propaganda gubernamental ni electoral.
Al aprobar, en sesión ordinaria y por unanimidad de votos, el acuerdo mediante el cual se comunica a los sujetos obligados que la información a que hace referencia el título quinto de las obligaciones de transparencia, prevista en los citados artículos, en ningún supuesto y circunstancia alguna constituye propaganda gubernamental, según lo establecido en el artículo 98 de la LTAIPEMYM, los Comisionados precisaron que, de acuerdo con la legislación, a lo largo de los procesos electorales, del inicio de las precampañas hasta la conclusión de los comicios, las instituciones públicas mexiquenses deben mantener accesible la información que corresponda en los portales de obligaciones de transparencia.
En el mismo sentido, apuntaron que, además de constituir un derecho humano, la transparencia y el acceso a la información pública permiten hacer del conocimiento de la sociedad los bienes y servicios a cargo de los sujetos obligados que ejercen recursos públicos, razón por la cual resulta relevante difundir oportunamente, con independencia de la realización de las jornadas comiciales, todos aquellos datos que coadyuven a la apertura gubernamental y la rendición de cuentas.
Los Comisionados del Infoem aclararon que, si bien la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula que los entes públicos deberán abstenerse de difundir propaganda gubernamental, con la única excepción de las campañas de información de las autoridades electorales, los servicios educativos, los servicios de salud y, en caso de emergencia, la protección civil, lo cual coincide con lo citado en el acuerdo del 13 de enero de 2017 emitido por el Consejo Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), que instruye que los portales de los entes públicos deberán abstenerse de difundir logros de gobierno, además de referencias a las frases, imágenes o símbolos que puedan considerarse como propaganda política, electoral o personalizada, ello no implica, de ningún modo, que los entes públicos dejen de cumplir las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.