Avalan hasta 15 años de prisión por promover matrimonios infantiles

  • El Congreso mexiquense aprobó penas de hasta 15 años de prisión para quien obligue, procure, induzca, coaccione, solicite, gestione, oferte, ofrezca, consienta o facilite a una persona menor de edad establecer matrimonio. 
  • Las agravantes serán en los casos cuando el delito se cometa con violencia o en contra de personas menores de edad que tengan alguna discapacidad, o que pertenezcan a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas.

Ante la situación de que México se ubica como el décimo país con más casos de matrimonio infantil, el Congreso mexiquense avaló penas de hasta 15 años de prisión para quien obligue, procure, induzca, coaccione, solicite, gestione, oferte, ofrezca, consienta o facilite a una persona menor de edad establecer matrimonio, concubinato, cohabitación forzada o cualquier relación de hecho para vivir en conjunto y hacer una vida en común sin fines de lucro o a cambio de un pago en efectivo o en especie.

De acuerdo con la iniciativa para reformar el Código Penal estatal, impulsada por los diputados Pablo Fernández de Cevallos González y Anuar Roberto Azar Figueroa, coordinador e integrante del Grupo Parlamentario del PAN, respectivamente, estas sanciones se aplicarán también en los casos en que dichas acciones se realicen con el propósito de fomentar esta conducta entre una persona menor de edad y otra menor o mayor de 18 años, incluso cuando sean los propios padres o madres quienes lleven a cabo los actos antes descritos.

El documento indica que México es también el segundo país de América Latina con mayor número de mujeres que se casaron o unieron antes de los 18 años. Por ello, se establecen penas de cinco a diez años de prisión y de mil a cuatro mil días multa por este delito. 

Estas sanciones podrán incrementarse hasta en la mitad cuando el delito se cometa con violencia o en contra de personas menores de edad que tengan alguna discapacidad, o que pertenezcan a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas. En estos casos, las penas podrían alcanzar hasta quince años de prisión y seis mil días multa.

El dictamen de la iniciativa, leído en sesión deliberante por el parlamentario Anuar Azar, resalta que el Estado tiene la obligación indeclinable de actuar como un garante de los derechos de las personas menores de edad.

Asimismo, desde una perspectiva humanista, esta reforma reafirma la visión de niñas, niños y adolescentes como sujetos plenos de derechos, cuya dignidad, autonomía y proyecto de vida deben ser respetados y protegidos por encima de cualquier costumbre, tradición o interés particular que pretenda justificar el matrimonio infantil.

Finalmente reconoce que la redacción actual en el Código Penal de la entidad puede presentar ambigüedades que dificulten su aplicación efectiva por parte de la autoridad correspondiente, por lo que resulta crucial fortalecer el tipo penal a fin de eliminar vacíos legales que se pudieran presentar, así como dar fuerza a la naturaleza protectora de la norma.