Confirma TEEM improcedencia de denuncia de presidenta honorífica del DIF de Metepec

  • Ordena TEEM a Ayuntamiento de Jocotitlán garantizar y salvaguardar los derechos del representante indígena electo ante dicho Ayuntamiento.

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) confirmó el acuerdo emitido por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) mediante el cual declaró la falta de competencia para conocer de la denuncia que presentó la Presidenta del Sistema DIF municipal de Metepec, por presuntos actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.

Por mayoría de votos, el Pleno confirmó la declaración de incompetencia en dicho asunto, al considerar que no pertenece a la materia electoral, derivado de que la parte denunciante no ostenta cargo de elección popular, y tampoco es precandidata o candidata a un cargo de elección popular, por lo que no puede ordenar la instauración de un procedimiento especial sancionador (JDCL/82/2026).

En un asunto distinto, las Magistraturas del TEEM determinaron que el Ayuntamiento de Jocotitlán obstaculizó el ejercicio del cargo de la persona representante indígena, ya que se acreditó que no se le convocaba a sesiones de cabildo, además de que no se le proporcionaban los recursos materiales para el desempeño de su función, además de que tuvo una reducción indebida en sus percepciones, por lo que se ordenó a la Presidenta Municipal de esa demarcación garantizar y salvaguardar los derechos del representante indígena electo ante dicho Ayuntamiento (JDCL/56/2026).

En la Sesión Pública de este día, el TEEM; resolvió 14 Juicios de la Ciudadanía Local, 9 Procedimientos Sancionadores y 1 Recurso de Apelación.