- Propone María Luisa Mendoza homologar la UMA como base para el cálculo de la pensión.
- Cuando no se acredite la capacidad económica del deudor alimentario, no podrá ser inferior a dos UMA.
A fin de garantizar el derecho superior de la niñez a la alimentación, la diputada María Luisa Mendoza Mondragón, coordinadora parlamentaria del Verde Ecologista, propuso reformas en materia civil para calcular el pago de la pensión alimenticia conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización, la cual deberá ser al menos de una o dos unidades por cada acreedor alimentario cuando no sean comprobables el salario o ingresos del deudor.
En sesión plenaria, la legisladora explicó que, de acuerdo con las cifras presentas por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), así como el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), se requiere ganar 3.1 veces la percepción mínima para solventar el costo de la canasta alimentaria y no alimentaria.
En este sentido, propone homologar en el Código Civil y el de Procedimientos Civiles de la entidad la UMA como base para calcular el pago de las pensiones alimenticias, que aún se establecen en salarios mínimos.
Por ello, plantea que cuando no sean comprobables el salario o ingresos del deudor alimentario, la o el juez resolverá tomando como referencia la capacidad económica y el nivel de vida que el deudor y sus acreedores alimentarios hayan llevado en el último año y que la cantidad correspondiente no podrá ser inferior a dos unidades de medida y actualización por cada acreedor alimentario.
Además, cuando no se acredite la capacidad económica del deudor alimentario, en atención a las circunstancias especiales del caso, se fijará en UMA, sin que pueda ser inferior a dos.