Sin elementos para sancionar a Ernesto Santillán, confirma TEEM

  • El Tribunal Electoral del Estado de México resolvió por mayoría que el diputado local no incurrió en actos constitutivos de violencia política de género

Tras dos años de juicio, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó que no existen elementos para sancionar al diputado local Ernesto Santillán por presuntos actos de violencia política de género que habrían sido cometidos en contra de quien hoy es presidenta municipal de Ecatepec.

Aunque en la sesión de este miércoles del TEEM hubo posiciones divididas, por mayoría las magistraturas concluyeron que las conductas denunciadas no acreditaron un acto constitutivo de violencia política de género ni una infracción electoral sancionable.

El asunto permaneció durante aproximadamente dos años en la instancia electoral hasta llegar a su resolución. En la sentencia, el TEEM estableció que no se acreditaron elementos para imputar al ex primer regidor de Ecatepec por una conducta constitutiva de violencia política de género.

Con ello, el órgano jurisdiccional determinó que no había materia suficiente para imponer una sanción al actual legislador. Aunque el proyecto generó posiciones distintas, la mayoría del Pleno se pronunció por no sancionar a Ernesto Santillán.

La resolución vuelve a colocar sobre la mesa la diferencia entre una acusación y una responsabilidad acreditada jurídicamente: para sancionar no basta con señalar una conducta; deben existir elementos probatorios que permitan acreditar la infracción.

Cabe mencionarque, después de dos años de proceso, el TEEM concluyó que Ernesto Santillán no cayó en un acto constitutivo de violencia política de género, por lo que no fue sancionado.