Propone Gerardo Pliego que el Poder Legislativo turne ternas para que nombren titulares de Contralorías Municipales

 La propuesta responde a la urgente necesidad de blindar los órganos de control, precisó el diputado que preside la Comisión de Transparencia

Toluca, Estado de México, 1 de octubre de 2025. Gerardo Pliego Santana, legislador del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (morena), presentó una propuesta de reforma y adición a la Ley Orgánica Municipal y Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado de México, para que la Cámara de Diputados estatal proponga una terna a cada uno de los 125 Cabildos del Estado de México y de ahí surja la o el titular del Órgano Interno de Control Municipal, la Contralora o Contralor.

Durante la sesión del pleno del Congreso estatal el legislador preciso que su propuesta, turnada a Comisión para su estudio y análisis, plantea que el Congreso mexiquense emita una convocatoria pública y corresponderá a le, las y los diputados la recepción y evaluación de la documentación de las personas aspirantes, así como la formulación de entrevista.

“Se realizará una propuesta denominada terna compuesta por 3 ciudadanos, que se le enviará al Presidente Municipal para que en sesión pública de Cabildo se designe a la persona contralora, el cual deberá designar en un plazo no mayor de ocho días, precisa un apartado de la iniciativa”, precisa parte de la iniciativa.

El diputado Gerardo Pliego, presidente de la Comisión Legislativa para el Combate a la Corrupción, sostuvo que la incorrecta forma de designación de servidores públicos representa una amenaza directa a la integridad institucional, la confianza ciudadana y el buen gobierno.

En particular, dijo, la asignación de la persona titular del órgano interno de control, es decir, la o el Contralor, por parte de los gobiernos municipales.

Sobre ese proceder de nombramientos, establecido en la ley municipal actualmente, los gobiernos municipales han mostrado vulnerabilidades que “permiten prácticas discrecionales, opacas y, en algunos casos, capturas políticas que comprometen su función fiscalizadora”, dijo.

“El presente proyecto busca establecer mecanismos que fortalezcan la transparencia, la profesionalización y la rendición de cuentas en dicho proceso, asegurando que el perfil de la persona contralora responda a criterios técnicos y éticos, y no a intereses partidistas o coyunturales”, enfatizó.

La propuesta, detalló Gerardo Pliego, se enmarca en los principios constitucionales de legalidad, imparcialidad y eficiencia administrativa, y responde a la urgente necesidad de blindar los órganos de control frente a presiones externas, garantizando su autonomía funcional y su capacidad de fiscalización efectiva.

Pliego Santana propone que el titular del Órgano Interno de Control Municipal sólo podrá ser removido de su cargo por las siguientes causas:

Faltas graves en el desempeño de sus funciones; actos de corrupción, enriquecimiento ilícito o conflicto de interés comprobado; inasistencia injustificada a sus labores por el plazo que determine la ley; sentencia firme por delito doloso o falta administrativa grave; pérdida de los requisitos legales para ocupar el cargo y violaciones graves a derechos humanos determinadas por autoridad competente.

“Queda prohibida su remoción por motivos de naturaleza política, por diferencias de criterio o por las decisiones técnicas y de gestión que, en ejercicio de sus atribuciones, emita; garantizando con ello la independencia e imparcialidad en el desempeño de su función”, precisa parte de la iniciativa de reforma y adición a las leyes referidas.