Propone Selina Trujillo Ley de Coordinación y Desarrollo Metropolitano

  • El planteamiento de la diputada Selina Trujillo (morena) busca conformar un sistema urbano más justo, eficiente, competitivo y sostenible mediante lineamientos para promover la integración sustentable de zonas metropolitanas, la competitividad económica, la equidad social, la protección ambiental y la mitigación de riesgos.
  • Plantea la creación de un Mecanismo de Presupuestación Metropolitano a efecto de alinear inversiones hacia impactos reales y medibles, así como incorporar consejos ciudadanos consultivos y audiencias vinculantes como mecanismos permanentes de contraloría social.
  • El documento detalla que, de los 16 millones 992 mil 418 habitantes de la entidad, 14 millones 963 mil 474 (88.1% de la población total) viven en un contexto urbano.

Con el propósito de conformar un sistema urbano más justo, eficiente, competitivo y sostenible, la diputada Selina Trujillo Arizmendi (morena) propuso expedir la Ley de Coordinación y Desarrollo Metropolitano del Estado de México, con lineamientos para promover la integración sustentable de zonas metropolitanas, la competitividad económica, la equidad social, la protección ambiental y la mitigación de riesgos.

De acuerdo con su exposición de motivos, el proyecto legislativo pretende pasar de una coordinación reactiva y voluntarista a una institucionalizada, obligatoria y con mecanismos de rendición de cuentas para atender la desigualdad en el acceso a servicios, empleo y movilidad, además de incorporar criterios de riesgo, adaptación y mitigación climática.

En sesión deliberante de la LXII Legislatura mexiquense, la diputada señaló que la iniciativa, “cuyo corazón es la gente”, plantea un nuevo modelo de gobernanza metropolitana basado en la coordinación, la planeación y la corresponsabilidad entre los distintos órdenes de gobierno.

El proyecto legislativo plantea la creación de un Mecanismo de Presupuestación Metropolitano estatal, con reglas transparentes y participación municipal, a efecto de alinear inversiones hacia impactos reales y medibles, así como incorporar consejos ciudadanos consultivos y audiencias vinculantes como mecanismos permanentes de contraloría social.

Este mecanismo se integraría con recursos provenientes de aportaciones municipales, recursos estatales y federales, pero podría recibir aportaciones de asociaciones público-privadas para infraestructura metropolitana; donaciones, patrocinios o aportaciones voluntarias de empresas, fundaciones y cámaras empresariales, e inversiones de impacto social o fondos de responsabilidad social empresarial orientados a proyectos verdes, equidad territorial o resiliencia.

Lo anterior se instrumentaría mediante convenios transparentes, con cláusulas de rendición de cuentas, auditoría y prevención de conflictos de interés, priorizando aquellos que generen beneficios compartidos sin comprometer la autonomía pública.

También se podrían recibir recursos provenientes de organismos internacionales y de cooperación bilateral. Al menos el 40 por ciento de los recursos anuales serían orientados prioritariamente a proyectos que beneficien zonas de alta marginación o periferias metropolitanas en donde se ubiquen los municipios con mayor índice de rezago social, con énfasis en acceso a movilidad, agua, saneamiento, espacios públicos y reducción de tiempos de traslado laboral.

El documento refiere que el instrumento jurídico propuesto se vincularía directamente con el Plan de Desarrollo del Estado de México 2023-2029, así como con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Organización de las Naciones Unidas, mediante el fortalecimiento de la coordinación intergubernamental, la resiliencia urbana, la equidad territorial, la sustentabilidad y el desarrollo inclusivo.

Los principios rectores de la ley serían autonomía municipal; consenso; coordinación intergubernamental; derechos humanos y accesibilidad universal; equidad; igualdad de género y perspectiva interseccional; participación ciudadana; resiliencia; sustentabilidad; transparencia y rendición de cuentas.

Además de definir los requisitos y procedimientos de declaración, modificación o extinción de zonas metropolitanas, así como las reglas para convenios de coordinación metropolitana, plantea que, para cada una de estas regiones, se constituirían un Consejo Metropolitano para el Desarrollo, una Junta de Coordinación Metropolitana, un Instituto Metropolitano de Planeación y Evaluación, un Comité Técnico de Financiamiento, un Consejo Ciudadano Consultivo y subcomités especializados.

El Consejo Metropolitano para el Desarrollo, presidido por la persona gobernadora, tendría la participación de las y los alcaldes que integran la zona metropolitana, así como de representantes de las secretarías estatales de Movilidad, Desarrollo Urbano e Infraestructura, Finanzas, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; de las secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ambas del gobierno federal, y de las entidades federativas involucradas, con la posibilidad de invitar a representantes de cámaras empresariales, universidades, sectores productivos y organizaciones no gubernamentales.

Este consejo tendría entre sus atribuciones aprobar la agenda metropolitana anual; proponer convenios intergubernamentales; supervisar planes de desarrollo metropolitano; gestionar recursos federales a través del Fondo Metropolitano Federal; promover proyectos de impacto regional; evaluar impactos ambientales y sociales; resolver controversias entre municipios y emitir opiniones sobre reformas legislativas relacionadas.

En tanto, la Junta de Coordinación Metropolitana se erigiría como el órgano ejecutivo del sistema metropolitano, encargada de implementar las decisiones estratégicas del Consejo Metropolitano y de dar seguimiento operativo a la agenda metropolitana, mientras que el Instituto Metropolitano de Planeación y Evaluación se establecería como un organismo público descentralizado, adscrito sectorialmente a la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura estatal, pero bajo dirección del Consejo Metropolitano para el Desarrollo.

Por otro lado, el Comité Técnico de Financiamiento se define como el órgano especializado encargado de la administración técnica y financiera del Mecanismo de Presupuestación Metropolitano, así como de la supervisión y control de los recursos asignados a proyectos de impacto metropolitano. El Consejo Ciudadano Consultivo sería un órgano honorífico, de carácter consultivo y sin remuneración alguna para sus integrantes, integrado por representantes de la sociedad civil con el propósito de incorporar la voz ciudadana, la vigilancia social y la propuesta constructiva en la gobernanza metropolitana.

Respecto al Programa de Desarrollo Metropolitano, plantea que sea obligatorio, con vigencia de seis años, alineado al Plan Estatal de Desarrollo. La participación ciudadana se garantizaría mediante audiencias públicas, consejos ciudadanos consultivos, una plataforma digital permanente para la recepción de propuestas, quejas y seguimiento ciudadano, la figura de iniciativa ciudadana metropolitana y observatorios ciudadanos independientes para monitoreo de proyectos.

La iniciativa recuerda que el Estado de México alberga la zona metropolitana más poblada del país y una de las más grandes del mundo, ya que la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) integra a más de 22 millones 800 mil personas, conformada por 63 unidades político-administrativas (16 alcaldías de la Ciudad de México, 45 municipios del Estado de México y dos municipios de Hidalgo).

Refiere que esta megarregión enfrenta desafíos estructurales de enorme magnitud y complejidad en materia de movilidad y congestión; contaminación ambiental y pérdida de servicios ecosistémicos; desigualdad socioespacial y gestión fragmentada, así como falta de gobernanza metropolitana efectiva, los cuales no son meramente coyunturales, toda vez que constituyen un reto histórico que afecta la calidad de vida, la competitividad económica y la sostenibilidad ambiental de millones de personas.

Detalla que, de los 16 millones 992 mil 418 habitantes de la entidad, 14 millones 963 mil 474 habitantes (88.1 por ciento de la población total) viven en un contexto urbano. El documento expone que la constante metropolización es un fenómeno irreversible y estratégico, porque las zonas metropolitanas ya no son una suma de municipios, sino sistemas complejos donde las decisiones locales impactan directamente en el conjunto, por lo que, de ignorar esta escala, se generaría ineficiencia, inequidad y degradación ambiental.

Agrega que una ley metropolitana fuerte podría contribuir a la reducción de brechas al priorizar proyectos que beneficien especialmente a las periferias marginadas, además de atender el tema de sustentabilidad y resiliencia.

El documento explica que, actualmente, la regulación metropolitana se sustenta principalmente en el Código Administrativo estatal y la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Sin embargo, señala que ambos marcos jurídicos tienen limitaciones estructurales y operativas que resultan insuficientes frente a la complejidad metropolitana del Estado de México, ya que no abordan de manera integral, obligatoria y efectiva los desafíos metropolitanos.

Frente a estas limitaciones, la congresista considera necesario e impostergable expedir una nueva ley que, además de complementar la legislación vigente, institucionalice la coordinación obligatoria y vinculante entre municipios, gobierno estatal y entidades limítrofes, supere la voluntariedad actual; conforme instancias permanentes con autonomía técnica y presupuestal; regule mecanismos de financiamiento compartido, reglas de operación transparentes y resolución institucional de controversias, y supere la coordinación reactiva y sectorial para avanzar hacia una verdadera gobernanza metropolitana institucionalizada, con rendición de cuentas, participación ciudadana vinculante y enfoque en equidad, resiliencia y sustentabilidad.